El Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, a través de la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación, invita a la presentación de proyectos en el marco de la cuarta convocatoria del Fondo de Innovación Tecnológica de Buenos Aires.
A través de sus tres líneas, el Fondo otorga Aportes No Reembolsables (ANRs) para financiar proyectos conjuntos de desarrollo tecnológico entre un Adoptante y una Institución Beneficiaria:
Línea A. Desarrollo Productivo: orientado a proyectos que tengan como objetivo el desarrollo de soluciones de base científico-tecnológicas destinadas a resolver demandas del sector productivo de la provincia de Buenos Aires, contribuyendo a incrementar su competitividad mediante su articulación con actores del sistema científico-tecnológico.
Línea B. Desafíos Provinciales: orientado a proyectos que tengan como objetivo el desarrollo de soluciones de base científico-tecnológicas destinadas a resolver desafíos y requerimientos de organismos públicos provinciales, contribuyendo a mejorar el diseño y la implementación de políticas públicas.
Línea C. Gobiernos Locales: orientada a proyectos que tengan como objetivo el desarrollo de soluciones de base científico-tecnológicas destinadas a resolver problemáticas presentadas por los municipios bonaerenses.
ACTORES:
Instituciones Beneficiarias (Líneas temáticas A, B y C)
Las instituciones públicas de Ciencia y Tecnología y Universidades Nacionales y Provinciales con asiento en el territorio de la provincia de Buenos Aires a las que pertenezcan los grupos de investigación y desarrollo que se postulen, se constituirán como Institución Beneficiaria (IB) en caso de ser seleccionados en el marco de la presente convocatoria.
Adoptantes:
- Línea A. Desarrollo Productivo: destinatarios de la solución tecnológica resultante de la ejecución del proyecto, pudiendo ser estos MiPyMEs, cooperativas, agrupamientos industriales (parques industriales, sectores industriales planificados, etc.), asociaciones gremiales empresarias (cámaras, federaciones o confederaciones empresarias) y aglomerados productivos, con domicilio legal y/o con instalaciones productivas en la provincia de Buenos Aires.
- Línea B. Desafíos Provinciales: destinatarios de la solución tecnológica resultante de la ejecución del proyecto, pudiendo ser estos organismos que integran el Sector Público Provincial (art. 8 Ley N° 13.767).
- Línea C. Gobiernos Locales: destinatarios de la solución tecnológica resultante de la ejecución del proyecto, pudiendo ser estos gobiernos municipales de la provincia de Buenos Aires
BENEFICIOS:
El financiamiento de acuerdo a cada componente será:
- Línea A. Desarrollo Productivo: Se financiará hasta un importe máximo de PESOS CUARENTA MILLONES ($ 40.000.000) por proyecto en concepto de Aportes No Reembolsables (ANR). Este importe no podrá superar el 80% del presupuesto total del proyecto.
- Línea B. Desafíos Provinciales: Se financiará hasta un importe máximo de PESOS VEINTE MILLONES ($ 20.000.000) por proyecto en concepto de Aportes No Reembolsables (ANR). Este importe no podrá superar el 80% del presupuesto total del proyecto.
Línea C. Gobiernos Locales: Se financiará hasta un importe máximo de PESOS VEINTE MILLONES ($ 20.000.000) por proyecto en concepto de Aportes No Reembolsables (ANR). Este importe no podrá superar el 80% del presupuesto total del proyecto.
CONDICIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS:
- Elaboración conjunta del proyecto entre la Institución Beneficiaria y el Adoptante, según la temática correspondiente.
- La Institución Beneficiaria deberá presentar el formulario del proyecto (Anexo I, II o III, según corresponda), suscripto conjuntamente con el Adoptante, y deberá acompañar la documentación adicional indicada para cada línea temática.
- El formulario del proyecto (Anexo I, II o III, según corresponda) y la documentación adicional deberán presentarse de acuerdo a lo que se establezca en el sitio https://www.gba.gob.ar/ciencia.
- Líneas temáticas: el proyecto deberá enmarcarse en alguna de las líneas estipuladas en el punto 2.
- Plan de trabajo: debe estructurarse en DOS (2) etapas de avance físico que den cuenta del detalle de las tareas específicas realizadas en cada una y sus resultados e hitos esperados asociados.
- Presupuesto (Anexo IV): detalle de gastos elegibles propuestos para el desarrollo del proyecto, de acuerdo con las categorías y topes (si correspondiera) enunciados en el punto 11 y adecuado a los rubros existentes en la planilla presupuestaria.
Opcionalmente, se podrá presentar un video que no supere los DOS (2) minutos de duración, donde el/la Director/a del proyecto explique el problema identificado y la naturaleza de la solución tecnológica a desarrollar. Este video sólo será utilizado para la evaluación del proyecto, y no será publicado, expuesto o difundido por la SSCTI ni por el MPCEIT fuera del ámbito de la presente convocatoria.
CONTACTO: proyectos.cyt@mp.gba.gov.ar
CIERRE DE LA CONVOCATORIA: hasta el 14 de agosto de 2025, inclusive.
Para conocer más de estas propuestas, escribir a rrii@exa.unicen.edu.ar o acercarse a la Secretaría de Investigación y Postgrado de la FCEx, de lunes a viernes de 9 a 14 hs.