| Título: Magister
en Matemática |
| Reglamento ---------------------------------------------------->
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| - Art. 1- |
| INCISO A: Para acceder al título de Magister
en Matemática se debe cumplimentar los requisitos de la carrera de
Maestría en Matemática. |
INCISO B: La carrera estará integrada por:
a) Cinco (5) asignaturas, y
b) Un Trabajo de Tesis
Las asignaturas estarán organizadas de la siguiente manera:
a) Cuatro (4) de ellas están descriptas en el Anexo 1, el llamado Taller temático es una asignatura a elegir entre las presentadas en el Anexo III. Todas dictadas por Doctores en Ciencias Matemáticas. Los docentes asignados serán los que dicten los cursos. No se aceptarán dictados de cursos bajo la responsabilidad de otro docente. En casos especiales podrán solicitarse equivalencias de cursos dictados por otros centros universitarios, tal solicitud será analizada y decidida por la CPM, de acuerdo a lo establecido en el art. 6.
b) Un trabajo de Tesis. |
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| - Art. 2 - |
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El régimen de aprobación de todas las materias será el de examen final, quedando a criterio de la cátedra la implementación de exámenes parciales.
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Cap. De la matriculación
- Art. 3 - |
INCISO A: Será concedida en forma inmediata la inscripción de todos los egresados de esta Facultad que tengan el título de Licenciado/a en Ciencias Matemáticas o Licenciado/a en Ciencias Físico-Matemáticas o de Universidades Nacionales que tengan el título de Licenciado/a en Ciencias Matemáticas. En cuyo caso se considerarán matriculados.
INCISO B: En todo otro caso los aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
1. Poseer título de grado legalizado ante el Ministerio de Cultura y Educación de la Nación, o de la Provincia de Buenos Aires o equivalente.
2. Acreditar conocimiento de idioma extranjero.
3. Aprobar exámenes referidos a los contenidos de las asignaturas descriptas en el Anexo II, las que serán dictadas por Doctores en Matemáticas o por Profesores de la Planta estable del Dto. de Matemáticas de esta Facultad. Los docentes asignados serán los que dicten los cursos. No se aceptarán dictados de cursos bajo la responsabilidad de otro docente. |
| - Art. 4 - |
El aspirante a la carrera de la Maestría en Matemática tendrá una de las 2 siguientes categorías:
a) Ingresante: se considera alumno ingresante a aquél que no satisfaga las condiciones del Art. 3, INCISO A y solicite cursar o rendir las asignaturas del Anexo II y hasta tanto cumplimente las condiciones 1,2 y 3 del INCISO B.
b) Inscripto o regular: se considera alumno inscripto o regular a aquél que cumpla los requisitos del Art. 3, INCISO A o las tres condiciones del INCISO B y haya solicitado su inscripción en la carrera. |
| En todo otro caso los aspirantes
deberán cumplir los siguientes requisitos: |
| 1.- Presentar título de grado legalizado
ante el Ministerio de Cultura y Educación de la Nación. |
| 2.- Acreditar conocimiento de idioma
extranjero. |
| 3.- Los postulantes a ingresar a
la carrera de Maestría cuyo título de grado no sea en la especialidad
Matemática, deberán aprobar exámenes referidos a los contenidos de
las asignaturas Topología y Análisis Matemático IV correspondiente
al plan vigente de la carrera Licenciatura en Matemática de esta Facultad. |
| - Art. 5 - |
| El HCA de la Facultad de Ciencias
Exactas designará una Comisión de Postgrado en Matemática (CPM) a
propuesta del Dpto de Matemática, integrada por lo menos por dos (2)
Profesores Ordinarios del Dpto de Matemática de esta Facultad, con
sus respectivos suplentes, y un Evaluador externo, cuando el tema
así lo merite; todos ellos deberán acreditar el título de Dr. en Matemática
o su equivalente. |
| Estas designaciones serán AD HOC
y por el término de tres (3) años renovables. |
| Ante cualquier circunstancia que
motive el alejamiento de los miembros de la CPM, el HCA procederá
a su reemplazo según propuesta del Dpto de Matemática |
| - Art. 6 - |
| Son funciones de la CPM : |
| 1.- Dictaminar sobre las solicitudes
de los postulantes, dentro de los quince (15) días a partir de la
fecha de la presentación. |
| 2.- Proponer la modalidad de la
aplicación de los art. 4, dentro de los quince(15) días a partir de
la fecha de la presentación. |
| 3,- Dictaminar sobre el tema y plan
de tesis, así como sobre la planificación de las actividades de formación,
dentro de los treinta(30) días dentro de la fecha de presentación. |
| 4,- Proponer al HCA la constitución
del Jurado encargado de evaluar el Trabajo de Tesis y la defensa oral
y pública de la misma, dentro de los treinta (30) días a partir de
la fecha de presentación. |
| - Art. 7 - |
| Una vez presentada toda la documentación
referida a la inscripción, el aspirante tendrá un período de hasta
dos (2) años para regularizar su situación tendiente a formalizar
dicha inscripción. Pasado este período podrá reiniciar todo el trámite
correspondiente. Si en los dos (2) años siguientes a la reinscripción
no completara los trámites correspondientes a la formalización de
su admisión (Art. 13), ni presentara razones fundadas antes la CPM,
su inscripción caducará automaticamente y deberá esperar un lapso
de no menos de tres (3) años para una nueva inscripción. |
| - Art. 8 - |
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El aspirante al título de Magister deberá tener un Director de
la carrera que será también el de tesis.
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| - Art. 9 - |
| Para ser Director de la carrera
de Maestría deberá cumplir con las siguientes condiciones: |
| 1.- Ser o haber sido Profesor Ordinario
en el área de Matemáticas. |
| 2.- Poseer el título de Dr. en Matemática
o su equivalente. |
| 3.- Poseer antecedentes en proyectos
de investigación acreditados a través de publicaciones científicas
o transferencias. |
| - Art. 10 - |
| En el caso de Directores externos
se deberá contar con un Codirector local que cumpla las condiciones
del art. 9 .El Director y el Co-Director serán designados por el HCA
a propuesta de la CPM. |
| - Art. 11 - |
| El Director junto con el aspirante
seleccionará el tema de tesis y elaborará el Plan respectivo. |
| El aspirante no podrá
cursar optativas sin haber designado su Director. |
| - Art. 12 - |
| El Tema y el Plan de Tesis así como
la Planificación de las actividades de formación serán elevados a
la CPM. |
| - Art. 13 - |
| El postulante se considerará ADMITIDO
en la carrera de Maestría de Matemática cuando haya cumplido los siguientes
requisitos: |
| 1- Aceptación del Director por parte
de la CPM. |
| 2- Aceptación del Plan de Trabajo
y Plan de Tesis por la CPM. Cuando ambos Planes hayan sido aceptados
por la CPM deberán ser elevados al H.C.A. para su aprobación. |
| - Art. 14 - |
| Tanto el Director como el Co-Director
podrán renunciar a sus funciones, mediante informe fundado ante la
CPM. Asimismo, el tesista podrá pedir cambios en su dirección justificando
debidamente su solicitud. |
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